El empleador pone a disposición de la trabajadora un Finiquito se debe incluir: el salario de los días devengados, la parte proporcional de la paga extra no abonada, la parte proporcional de las vacaciones no disfrutadas, el preaviso si no ha realizado y la Indemnización que legalmente le corresponda (Salario Bruto del último mes).
Regulándosecomo en el derecho laboral común (Estatuto de los Trabajadores, art. 49.1.)
A la finalización del contrato de duración determinada se tiene derechoa una indemnización equivalente a la parte proporcional a 12 días de salario por año. (En el contrato de sustitución, no tiene indemnización.)
Se aplicala normativa común,imposibilitar o dificultar la continuidad de la relación laboral tiene derecho a una indemnización consistente en un mes de salario, cualquiera que sea la antigüedad.
Dimisión del trabajador. El empleado debe comunicar por escrito y con 15 días de antelación (salvo lo pactado en contrato) al desistimiento para no perder su salario, pero si pierde el derecho a prestación por desempleo.
Incumplimiento contractualdel empleador. El trabajador para solicitar ante la jurisdicción social la resolución del contrato.
Modificación sustancial de las condiciones de trabajo. El empleador podrá modificar las condiciones deltrabajo por razones organizativas como cambio de funciones, lugar de trabajo distintoal habitual, la jornada, horario, la distribución del tiempo de trabajo y la cuantía salarial . Este deberá notificar su decisión con una antelación mínima de 15 días. Frente a esta decisión el empleado de hogar puede: Aceptar la decisión del empleador, rescindir o impugnar el contrato en el plazo de 20 días, con una indemnización de 20 días por año y con derecho a prestación por desempleo.
Son aplicables las causas de extinción de la relación labora lcomún previstas en el Estatuto de los Trabajadores y las causas específicas establecidas en la normativa que regula esta relación laboral especial.
DESPIDO DISCIPLINARIO: El empleador puede extinguir la relación laboral por el despido disciplinario basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador que se produce mediante notificación escrita.
CAUSAS CONTENIDAS EN EL RD 1620/2011 (art.11). Con carácter especialpodrá extinguirse por alguna de las siguientes causas:
DESPIDO IMPROCEDENTE o NULO. La jurisdicción declarael despido improcedente, indemnización de 33 días de salario por año.
La extinciónde los contratos por regla general tendránlos siguientes requisitos:
El empleador puedesustituir el preaviso por una indemnización equivalente a los salariosde dicho período.
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